Qué es un Seguro

El concepto de seguro puede ser analizado desde diversos puntos de vista.
Algunos autores destacan el principio de solidaridad humana al considerar como tal la institución que garantiza un substitutivo al afectado por un riesgo, mediante el reparto del daño entre un elevado número de personas amenazadas por el mismo peligro.
Desde el punto de vista de los riesgos, destaca el principio de transferencia, al señalarse que mediante el pago de una prima, el asegurado es quien queda libre de ellos y el asegurador quien los asume.
Los seguros pueden ser individuales o colectivos
Los seguros pueden ser del primero, segundo o tercer grupo.familia
Son del primer grupo los seguros generales.
Son del segundo grupo los seguros de vida.
Son del tercer grupo los seguros de crédito y garantías.
Los seguros pueden ser contratados por una persona jurídica o por una persona natural, a su nombre o a nombre de un tercero, ya sea porque es su representante legal, su mandatario, su administrador, etc. y puede hacerse también aunque no se tenga facultad para representarlo.

El contratante, el asegurado y el beneficiario de un seguro pueden ser una, dos o tres personas diferentes.
Los seguros pueden ser vendidos directamente por las Compañías de Seguros o a través de Corredores de Seguros independientes autorizados por la Superintendencia del ramo.

Principios Generales Del Seguro

Los principios generales del seguro son:

  • La buena fé.
  • El interés asegurable
  • La indemnización.
  • La subrogación.

Siendo estos principios esencia del contrato de seguros, la contravención o falta a los mismos, constituye generalmente un vicio de la relación jurídica, de tal modo que ella es Nula.seguridad

El Porqué del Corredor de Seguros

El seguro en su concepción, y en todo el mundo, es considerado una forma moderna y segura de ahorro.
Los seguros llamados sociales (Vida-Salud-Rentas Vitalicias) le dan a la sociedad un medio que garantiza su tranquilidad en los momentos de intranquilidad.
El seguro es un producto noble, complejo, que se inserta en la economía popular y resguarda el patrimonio de las personas y las empresas, garantizando la estabilidad de la sociedad en momentos de crisis y dificultades.
La legislación positiva del mundo respecto de la actividad del Corredor de Seguros, pretende en sus objetivos, permitir que la intermediación de seguros se realice solamente por personas con conocimientos de la legislación que rige los contratos de seguros, con dedicación total a su profesión, además de absoluta independencia.

EL CORREDOR DE SEGUROS ES EL FIEL DEPOSITARIO DE LA OBSERVANCIA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE SEGUROS.

Vocabularios y Definiciones:

Aceptante : Se dá este nombre a la persona que firma los documentos que garantizan el pago de la prima.
Adicionales : Cobertura de riesgos que no han sido considerados en la cobertura base o están expresamente excluidos en ella y que pueden contratarse mediante el pago de una prima adicional.
Arbitraje : Situación normalmente prevista en los contratos de seguro, en virtud de la cual las diferencias surgidas entre el asegurador y el asegurado respecto a la interpretación del condicionado de las pólizas, son sometidas a la decisión de terceras personas en las que se presume una actuación imparcial y objetiva.
Asegurado : Persona que queda libre del riesgo. En sentido estricto es la persona sobre cuyas características individuales recae la cobertura del seguro. En sentido amplio, asegurado es quien suscribe la póliza con la compañía, comprometiéndose al pago de las primas estipuladas y teniendo derecho al cobro de las indemnizaciones que se produzcan a consecuencia de siniestros cubiertos.
Asegurador : Persona jurídica que toma sobre su cuenta el riesgo que corren los bienes de terceros.
Beneficiario : Persona designada en la póliza por el asegurado o contratante como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho documento se establecen.
Contratante : Persona que suscribe con una compañía de seguros una póliza o contrato de seguro. Generalmente esa persona coincide con la del asegurado.
Deducible : Suma fija y/o porcentaje que se deducirá de la indemnización que se deba pagar al asegurado.
Denuncia : En la terminología aseguradora se utiliza esta palabra habitualmente para referirse a la demanda de indemnización que el asegurado plantea al asegurador.
Exclusiones : Riesgos y/u objetos señalados en las condiciones generales y/o particulares de las pólizas, los cuales no serán cubiertos por el seguro.
Indemnización : Es la suma que pagará el asegurador al asegurado en caso de un siniestro cubierto por la póliza.
Infraseguro : Situación en que se encuentra un bien que ha sido asegurado en un valor menor al que realmente tiene.
Monto asegurado : Valor atribuido por el contratante a los bienes cubiertos por la póliza y cuyo importe es la cantidad máxima que el asegurador pagará en caso de siniestro.
Póliza : Es el documento justificativo del seguro en el cual se vierten las coberturas y otras condiciones contratadas a través de las propuestas.
Documento que instrumenta el contrato de seguros, en el cual se reflejan las normas que en forma general, particular o especial regulan las relaciones contractuales convenidas entre asegurado y asegurador.
Prima : Es el precio del seguro. Aportación económica que ha de hacer el contratante o asegurado a la compañía en concepto de contraprestación por la cobertura de riesgos que esta le ofrece.
Propuesta : Documento donde se especifican además de los datos y antecedentes básicos del asegurado, las condiciones de cobertura contra los riesgos que quedará protegido el objeto asegurado, las tasas, y la prima del seguro. Dará origen a la póliza y formará parte integrante del contrato.
Siniestro : Daños o pérdidas sufridos en el objeto asegurado, los que pueden ser totales o parciales. Es la manifestación concreta del riesgo asegurado, que produce unos daños garantizados en la póliza hasta determinada cuantía.
Sobreseguro : Situación en que se encuentra un bien que ha sido asegurado por un valor superior al que realmente tiene.
Tasa : Porcentaje o tanto por mil que se aplica sobre el monto asegurado para obtener la prima.
Vigencia : Determina la fecha en que los riesgos comienzan a correr por cuenta del asegurador y la fecha en que termina la responsabilidad del mismo. Salvo estipulación expresa en la póliza, los seguros terminan a las 12:00 hrs. del día de vigencia final.